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viernes, 14 de octubre de 2011

Hacienda se convierte por sorpresa en 'casero' de decenas de miles de inquilinos

Es decir, estos inquilinos deben dejar de pagar su alquiler a su arrendador -moroso con la Administración- y comenzar a abonarlo mensualmente a las cuentas erario público hasta cubrir la cantidad adeudada. Un cambio que causa "farragosos trámites" a los afectados. Desde la Agencia Tributaria se pide tranquilidad a estos contribuyentes afirmando que "este proceso cuenta con todas las garantías".
Casi 100.000 arrendatarios  han recibido esta misiva certificada -septiembre de 2011- y tras el susto inicial parece que después de múltiples llamadas, una visita a Hacienda y varias a su banco ha solucionado, en su opinión, "un problema con el que nada tiene que ver" y ante el que se siente "totalmente desprotegida".
La afectada, alarmada, acudió con la correspondencia a Hacienda. Tenía un plazo de 10 días para responder e incluso se le avisaba de las "consecuencias del incumplimiento" de nueva obligación ante las arcas públicas. "Me dijeron que la promotora con la que tenía firmado mi contrato de arrendamiento debía dinero a la Agencia Tributaria y que le habían embargado todos sus ingresos, entre los que estaba mi renta de alquiler. Nunca había escuchado nada parecido. Por ello, desde ahora tengo que pagar mi alquiler a Hacienda hasta cubrir la deuda de casi 3.000 euros", declara la inquilina.
Esta arrendataria preguntó al funcionario que le atendió sobre si debía avisar a su arrendador de que iba a dejar de hacerle el ingreso y la respuesta fue "no" salvo que "por cortesía" quisiera hacerlo. "Por cortesía" y extrañada por todo lo que estaba sucediendo, Julia intentó hablar con la empresa arrendataria de su piso. Algo que le resultó casi imposible.
Desde la Agencia Tributaria, se apunta que"este proceso cuenta con todas las garantías de la Administración". "Este dinero no será reclamado posteriormente por la empresa deudora. Hasta llegar a este punto, a las compañías morosas se les ha embargado todo. Éste es el último paso y sólo se da en casos muy graves", apuntan fuentes oficiales, que aclaran que tan sólo el 2% de los embargos de crédito afectan a personas físicas.
Las mismas fuentes aconsejan a los arrendatarios que han recibido una misiva de Hacienda que "lean bien la carta y acercarse a una oficina de la Agencia Tributaria mejor que llamar por teléfono para informarse de todo". Estos remitentes, en caso de no cumplir su nuevo deber, se enfrentan a "sanciones tributarias" e incluso a "la coacción de expediente sancionador, sin perjuicio de las acciones penales que procedan", como indica la diligencia.

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