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sábado, 12 de noviembre de 2011

Justicia limita los aranceles de notarios y registradores al cancelar una hipoteca


El Gobierno ha aclarado las dudas surgidas entre notarios y registradores de la propiedad sobre los aranceles aplicables en las escrituras de subrogación, novación modificativa y cancelación de préstamos hipotecarios y su inscripción en el Registro de la Propiedad.
En el caso de las notarías, se trata de documentos sin cuantía, por lo que el arancel asciende a 30,05 euros. Según la OCU, cuya denuncia de la situación en septiembre ha llevado al Ministerio de Justicia a tomar cartas, del análisis de las minutas se desprende que se cobran 260 euros de media. En el caso de los registros, la OCU estima que el trámite debe costar 24 euros y no 144 euros.
El ministro de Justicia, Francisco Caamaño, ya anunció en octubre que su departamento estaba trabajando en un nuevo real decreto para aclarar esta disparidad de interpretaciones. La OCU cifra en 93 millones de euros lo cobrado de más a los clientes de notarías y registros solo en 2010. La Fiscalía decidió abrir una investigación.
El real decreto aprobado el viernes aclara también que la rebaja del 5% en aranceles con motivo del paquete especial de medidas para reducir el déficit en mayo de 2010 "se aplicará con carácter adicional a los demás descuentos, reducciones, bonificaciones o rebajas que se prevean". La normativa eleva las obligaciones "de transparencia y claridad" de información por parte de notarios y registradores en materia de aranceles cobrados a clientes. También fija que la aplicación de procedimientos electrónicos no puede ser causa de subida de aranceles.



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